Unidad de Asesoría Jurídica

FUNCIONES (art. 28, Ley de Municipalidades):
  1. Prestar apoyo en materias legales al alcalde y al Concejo
  2. Informar en derecho todos los asuntos legales que las distintas unidades municipales le planteen y orientarlas periódicamente respecto de las disposiciones legales y reglamentarias.
  3. Mantener al día los títulos de los bienes municipales.
  4. Iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del alcalde, en todos aquellos juicios en que la municipalidad sea parte o tenga interés, pudiendo comprenderse también la asesoría o defensa de la comunidad cuando sea procedente y el alcalde así lo determine.
  5. Efectuar, cuando lo ordene el alcalde, las investigaciones y sumarios administrativos, sin perjuicio que también puedan ser realizados por funcionarios de cualquier unidad municipal, bajo la supervigilancia que al respecto le corresponda a la asesoría jurídica.
  6. Redactar los proyectos de Ordenanzas, Reglamentos, Instructivos, Convenios, Contratos y Bases Administrativas;
  7. Actualizar las Ordenanzas y Reglamentos;
  8. Efectuar la cobranza extrajudicial y judicial de impuestos, derechos, concesiones, arriendos e impuesto territorial y otros;
  9. Realizar las gestiones necesarias para las expropiaciones de bienes inmuebles; y
  10. Otras funciones que la Ley le señale o que la Autoridad superior le asigne relacionadas con las materias que le corresponde.