Unidad de Asesoría Jurídica
FUNCIONES (art. 28, Ley de Municipalidades):
- Prestar apoyo en materias legales al alcalde y al Concejo
- Informar en derecho todos los asuntos legales que las distintas unidades municipales le planteen y orientarlas periódicamente respecto de las disposiciones legales y reglamentarias.
- Mantener al día los títulos de los bienes municipales.
- Iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del alcalde, en todos aquellos juicios en que la municipalidad sea parte o tenga interés, pudiendo comprenderse también la asesoría o defensa de la comunidad cuando sea procedente y el alcalde así lo determine.
- Efectuar, cuando lo ordene el alcalde, las investigaciones y sumarios administrativos, sin perjuicio que también puedan ser realizados por funcionarios de cualquier unidad municipal, bajo la supervigilancia que al respecto le corresponda a la asesoría jurídica.
- Redactar los proyectos de Ordenanzas, Reglamentos, Instructivos, Convenios, Contratos y Bases Administrativas;
- Actualizar las Ordenanzas y Reglamentos;
- Efectuar la cobranza extrajudicial y judicial de impuestos, derechos, concesiones, arriendos e impuesto territorial y otros;
- Realizar las gestiones necesarias para las expropiaciones de bienes inmuebles; y
- Otras funciones que la Ley le señale o que la Autoridad superior le asigne relacionadas con las materias que le corresponde.
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 Solicitar Información Ley 21.146
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